REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE ADHESIÓN, AUSPICIO O COORGANIZACIÓN DE EVENTOS
Art. 1 - La Comisión Directiva de la Sociedad Argentina de Coloproctología (SACP) y/o el comité de Prensa y Difusión analizará las solicitudes de Adhesión, Auspicio y Coorganización de eventos presenciales, virtuales o híbridos.
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Art. 2 - Las solicitudes de Adhesión, Auspicio y Coorganización se deberán acompañar de los antecedentes de la institución, entidad o grupo organizador.
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Art. 3 - La evaluación de la Solicitud de Adhesión y Auspicio tendrá un arancel que se fijará en base a la cantidad de unidades equivalentes a una cuota mensual societaria de un Miembro Titular de la SACP. El monto se establecerá en relación a las características del evento científico, tomando en consideración el costo para un asistente y otros aspectos de propuesta.
En algunas ocasiones, se podrá fijar un valor equivalente a un cupo de becas para médicos socios de la SACP. La decisión de cantidad de becas será acordada entre la Institución organizadora del evento y las autoridades de la SACP. El monto se establecerá en relación a las características del evento científico. (Evento arancelado, evento con patrocinio de la industria, relación con la especialidad, entre otros). En algunas ocasiones, particularmente en eventos científicos directamente relacionados con la especialidad, se podrá fijar un valor equivalente a un cupo de becas para Coloproctólogos socios y en formación, dependientes de la SACP. La decisión de cantidad de becas será acordada entre la institución organizadora del evento y las autoridades de la SACP.
En los eventos científicos gratuitos organizados por las asociaciones, sociedades filiales o capítulos de SACP o centros formadores reconocidos por la SACP, la adhesión y/o auspicio no tendrá costo.
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Art. 4 - Para los eventos no arancelados, en particular en aquellos desarrollados de manera virtual, se deberá permitir el libre acceso a todos los asociados a SACP y se comunicará a los organizadores con antelación al otorgamiento de la adhesión o auspicio solicitado. La adhesión y el auspicio no incluirán el otorgamiento de C-EMC (Crédito para Certificación).
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Art. 5 - La SACP se reserva el derecho de otorgar adhesiones y auspicios de “cortesía”, sin costo, para aquellas actividades académicas de relevancia, no vinculadas directamente con la Coloproctología, que por su importancia y trascendencia disciplinar, involucre cuestiones de políticas de salud a nivel nacional.
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Art. 6 - Con el fin de homogeneizar las solicitudes, la SACP elaboró un documento de requisitos y recomendaciones para la solicitud de otorgamiento de Adhesión, Auspicio y Coorganización.
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Art. 7 - La SACP a través del comité correspondiente, evaluará la solicitud de Adhesión, Auspicio o Coorganización y comunicará su dictamen en un plazo no mayor a 20 días, siendo este último inapelable.
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Art. 8 - El presente reglamento comenzará a regir a partir del 7 de Agosto de 2023 siendo el único medio disponible para realizar las solicitudes. Serán entonces desestimadas otras vías de solicitud a partir de la fecha mencionada.
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Art.9 - El formulario de solicitud de auspicio, difusión y/o coorganización, está disponible en esta misma página.
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